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La persona interesada comunica al Ajuntament las modificaciones pertinentes o erratas que aparecen en el Catastro con relación a sus datos personales, el domicilio o la situación del inmueble, para que se realicen las modificaciones pertinentes.
Procedimento:
Se inicia a petición del interesado o su representante legal.
El Servicio de Gestión catastral envía al Catastro la solicitud de corrección de erratas para que se hagan las correcciones que correspondan.
Documentos a presentar:
- Fotocopia de la escritura.
- Instancia específica debidamente cumplimentada.
- Fotocopia de los recibos del IBI o de recogida de basuras.
- Fotocopia del DNI, o NIE en caso de extranjeros.
Normativa aplicable:
- Ley 39/1988 de haciendas locales.
- Ley 48/2002 de 23 de diciembre del Catastro Inmobiliario.
- Real decreto legislativo 1/2004 de 5 de marzo, texto refundido de la ley del Catastro Inmobiliario
- Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastal de 12/ febrero de 1999